"Iglesia toda ministerial": la expresión, acuñada por Y.M. Congar con ocasión de la Asamblea de los Obispos franceses de 1973, llama a promover una Iglesia en la que todas/os sean sujetos en servicio, corresponsables de la misión eclesial. Se trata de indicar con estas palabras un horizonte ideal: en efecto, no todas/os los bautizadas/os pueden estar siempre comprometidos en un ministerio específico, de hecho instituido u ordenado. Cuando hablamos de "ministerio", nos referimos, de hecho, a una actividad de servicio eclesial, bien definida y de duración precisa, enraizada en un carisma dado por el Espíritu, que la Iglesia ha reconocido. 

 

A la "iglesia toda ella/totalmente ministerial" se refieren tanto el documento para la etapa continental Ensancha el espacio de tu tienda, n. 67, citando la síntesis de la Iglesia italiana, como el Instrumentum laboris (B.2.2, B.2.4). Antes, en el Documento Final del Sínodo para la Amazonia, en el n. 93, encontramos: "La renovación del Concilio Vaticano II sitúa a los laicos en el seno del Pueblo de Dios, en una Iglesia toda ella ministerial"; la Síntesis Latinoamericana en preparación para el Sínodo 2021-24, en el n. 84, especifica la naturaleza diferenciada de los ministerios: "Sin embargo, una Iglesia "toda ella ministerial" no es necesariamente una Iglesia "toda ella ministerial instituida". Legítimamente existen muchos ministerios que brotan de la vocación bautismal, incluyendo ministerios espontáneos y otros reconocidos, que no están instituidos y otros que están instituidos con su capacitación, misión y estabilidad". 

 

LA IGLESIA TOTALMENTE MINISTERIAL Y LOS EQUIPOS MINISTERIALES 

Desde el Concilio Vaticano II, hemos asistido al desarrollo de múltiples formas ministeriales, ejercidas por laicas y laicos, lo que implica repensar también el ministerio ordenado: la pluriministerialidad es un paso incuestionable e ineludible, un punto de partida para la teología y una perspectiva orientadora para la praxis pastoral. No basta con reconocer las formas ministeriales existentes o pensar en nuevos ministerios en respuesta a las diferentes necesidades pastorales y sociales; no basta con coordinar los servicios existentes. 

 

Es importante dar un paso más para realizar una auténtica corresponsabilidad de ministros ordenados y laicas/os: hay que superar las tradicionales lecturas individualistas, que se centran en la figura individual del ministro (en su espiritualidad y ejercicio del ministerio) y lo describen aislado de los demás sujetos eclesiales, para pensar en formas de entender el ministerio y la pastoral en equipo. Los distintos ministerios son —por su naturaleza— complementarios: cada uno está llamado a contribuir a su manera a la única obra común en un espíritu unánime de cooperación. Como afirma Lumen Gentium 30: "cooperen todos a su manera al bien común", pero aún más eficaz es la expresión en latín para expresar la contribución de todas/os, la peculiaridad de la contribución de los individuos, la única obra común y el estilo de cooperación y unanimidad “ut cuncti suo modo ad commune opus unanimiter cooperentur”. 

 

PROPUESTA 

Para que esto se realice concretamente, sería bueno constituir para las comunidades más grandes (especialmente las ciudades) o para grupos de comunidades (en contextos rurales, o en un barrio) "equipos ministeriales", formados por ministros ordenados (presbítero; diácono) y laicos con ministerios instituidos (lector, acólito, catequista instituido, mujeres y hombres) y coordinadores de "ministerios de hecho", que ejerzan un servicio estable y continuo para la vida de la comunidad cristiana. 

 

Las/os candidatas/os a estos ministerios deben ser indicados y presentados al obispo por la comunidad, de entre aquellas/os que a lo largo del tiempo han mostrado carismas particulares y sentido de servicio comunitario. Su formación debe ser garantizada por la estructura diocesana y compartida entre varios miembros del equipo ministerial, según sus diferentes sensibilidades, competencias, servicios. 

 

La opción por los "equipos ministeriales" garantizaría 

§  la complementariedad y reciprocidad entre los ministerios ordenados y las forma de la ministerialidad de la comunidad, sin aislar la celebración de la Eucaristía del conjunto de la acción pastoral y sin aislar al presbítero y al diácono de los muchas/os cristianas/os que trabajan voluntariamente por el bien común. 

§  la complementariedad y reciprocidad entre el ministerio del presbítero (que correlaciona el Evangelio proclamado y el don sacramental de la gracia en la Eucaristía, en la unción de los enfermos y en la celebración de la reconciliación) y el ministerio del diácono (que correlaciona el Evangelio proclamado y la vida en el amor y en el servicio, características que cualifican el testimonio cristiano), en la perspectiva del ministerio ordenado indicado en el Vaticano II; 

§  la complementariedad y reciprocidad entre mujeres y hombres en el ejercicio de los diversos ministerios. 

 

La dinámica pastoral de orientación y animación de la comunidad podría confiarse sólidamente a este equipo, en el marco de formas de decisión, liderazgo y gobierno ampliado y compartido, aunque en formas diferenciadas, teniendo en cuenta la responsabilidad específica del párroco. En este sentido, es necesario un estudio, por parte de eclesiólogos y canonistas, sobre las posibles formas de ejercicio de una potestas iurisdictionis de los bautizadas/os, especialmente de aquellas/os que están constituidos como "ministros instituidos". 

 

Tal "re/visión" del servicio ministerial, desde la perspectiva de la corresponsabilidad asumida en y como "équipes", está en plena adhesión a la visión de la responsabilidad común del Pueblo de Dios y a la teología del ministerio ordenado del Concilio Vaticano II, y como reconocimiento y desarrollo de la rica experiencia pastoral de la Iglesia latinoamericana, atestiguada en los documentos del CELAM y de los episcopados locales.